Establecer una normativa sobre las artes de pesca es necesario por tratarse de un elemento "indispensable en la regulación de las pesquerías, por su influencia directa en el esfuerzo pesquero ejercido sobre los recursos gallegos". Así se posiciona la Consellería do Mar en el borrador del decreto de artes y aparejos, entregado el miércoles a los integrantes del Consello Galego da Pesca.

En ese documento, consensuado durante meses con las cofradías y las agrupaciones de mariscadores, se advierte de que las dimensiones, características y usos de las artes de pesca y marisqueo "deben estar perfectamente definidos, con el fin de garantizar una explotación racional y sostenible de los recursos marinos".

De este modo se regulan no sólo aparejos y artes ya existentes, sino otros que han demostrado respeto por el medio ambiente y el recurso, "por lo que resultan viables y queda demostrada la conveniencia de su incorporación a la normativa que regula esta materia", dice la Consellería en el borrador.

Se trata, por ejemplo, de la nasa para la centolla, las "volantillas", los "volantíns", la "raeira", la "rañica" o la "gancha a pé", que cobran un protagonismo especial en la nueva reglamentación. Al mismo tiempo se reincorpora al listado de artes a emplear la popular horquilla, después de un tiempo de prohibición.

A juicio de la Administración autonómica "el nuevo panorama normativo de la pesca gallega, junto con la política común pesquera, implica la necesidad de desarrollar la Lei de Pesca de Galicia en lo que se refiere a las condiciones en las que se desarrolla la actividad pesquera en este nuevo escenario". Y para ello es preciso una reforma normativa como la ahora planteada, en la que se aplica "toda la experiencia acumulada por los propios pescadores y por la comunidad científica".

Del mismo modo, en el nuevo decreto se hacen valer las conclusiones obtenidas en los diferentes planes experimentales de explotación llevados a cabo, al igual que se trata de dar cabida a la evolución del sector, a sus necesidades reales y a su situación actual.

En el decreto que está siendo analizado por parte del sector, por si fuera preciso presentar alegaciones, se establece que, con carácter general, no se podrá aumentar el arqueo del conjunto de embarcaciones que faenan en aguas interiores de Galicia desde el momento de la entrada en vigor del nuevo articulado, salvo excepciones puntuales de las que tendrá que informar la propia Consellería do Mar.

Por regla general, para ejercer la actividad pesquera las embarcaciones de nueva construcción deben tener una eslora mínima de 5 metros, estableciéndose un arqueo máximo de 50 toneladas de registro bruto para la pesca y el marisqueo, con una eslora máxima de 15 metros entre perpendiculares o de 18 metros de eslora total.

La potencia máxima de los motores para ejercer la pesca con artes menores será de 270 caballos de vapor, mientras que las embarcaciones auxiliares de acuicultura con motor fueraborda, incluidas en la cuarta lista del Rexistro de Buques Pesqueiros de Galicia, no pueden superar los 50 caballos de potencia.