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El Gobierno obliga a notificar por vía electrónica las ventas en lonja en 48 horas

Los cambios en la norma sobre primera venta de los productos pesqueros afectan a la flota europea y a las importaciones de buques de terceros países que faenan en aguas comunitarias

 23:21  
Subasta de pescado en la lonja de O Grove.  //Muliz
Subasta de pescado en la lonja de O Grove. //Muliz 

P. PIÑEIRO/AGENCIAS - VIGO El Consejo de Ministros aprobó ayer la nueva normativa que regula la primera venta de los productos pesqueros, de forma que se obliga a los responsables de la emisión de notas de primera venta de productos pesqueros de remitirlas, de forma electrónica y en un plazo de 48 horas desde la primera venta, a la comunidad autónoma y, en su caso, las declaraciones de recogida y los documentos de transporte, en el mismo plazo.

Así figura en el normativa aprobada ayer por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, que supone la derogación de la norma vigente desde 2004 y la adaptación del ordenamiento jurídico español a la legislación comunitaria.

El nuevo Real Decreto se aplicará a la primera venta de los productos pesqueros, con ocasión de su desembarque o descarga en España, tanto si han sido capturados por buques de la Unión Europea, como si se trata de importaciones de productos pesqueros frescos y congelados procedentes de buques de terceros países que faenen en aguas comunitarias. La norma tendrá aplicación en los productos de la pesca, vivos, frescos, refrigerados, congelados y ultracongelados, sin transformar o transformados a bordo, envasados o no, con excepción de los productos procedentes de la acuicultura y del marisqueo.

La legislación comunitaria a la que ahora se adapta la legislación española considera que la transmisión electrónica de las actividades pesqueras contribuye a mejorar significativamente la eficacia de las operaciones de seguimiento, control y vigilancia en el mar y en tierra.

A efectos de este control, se establece la necesidad de exigir a todas las primeras ventas los documentos derivados de ésta, con independencia de su cuantía. El nuevo Real Decreto, que deroga al actual, el 2064/2004, obligará a emitir la nota de primera venta a las importaciones procedentes de buques de terceros países que faenen en aguas comunitarias, dado que el reglamento comunitario por el que se establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, ya establece la documentación de control para buques de terceros países que faenen en aguas no comunitarias y quieran descargar en la UE.

Nueva política pesquera

Mientras, el secretario general del Mar, Juan Carlos Martín Fragueiro, defendió ayer una "nueva formulación" de la Política Pesquera Común de la UE que garantice "una pesca sostenible y también los puestos de trabajo y un nivel de renta digno para los pescadores". Según Fragueiro, la CE tiene una "visión pesimista" de la actividad pesquera por "el declive de capturas, la sobrepesca y la fragilidad económica del sector" y "ve necesario romper este círculo vicioso y lograr una política pesquera más eficiente y respetuosa con el medio ambiente y para ello hay que conciliar la flota con la actividad".

Sobre el actual sistema de gestión basado en las cuotas de pesca, Fragueiro aseguró que sus resultados "no satisfacen a nadie; ni pescadores, ni Administración, ni científicos", por lo que abogó por un sistema "más flexible, que se adapte mejor a cada pesquería".

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