Los recursos obligan a cambiar el 40% de las sentencias sobre conflictos laborales en Galicia

Las reclamaciones se disparan en despidos, ERE y conflictos

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M. VÁZQUEZ - SANTIAGO La objetividad que se les presupone a los jueces no siempre convence a los ciudadanos. Eso explica que el 21,5% de las sentencias que se dictan cada año en Galicia acaben siendo recurridas en busca de una segunda opinión. Las discrepancias con los argumentos utilizados por el juez o la dureza o flexibilidad de la pena llevan cada año a cientos de gallegos a optar por la vía del recurso.
No es una decisión fácil. La tramitación de estas reclamaciones suele prolongarse varios meses y, como mínimo, recurrir una sentencia significa duplicar la duración del procedimiento hasta lograr un dictamen firme.
Sin embargo, algunos recursos acaban dándole la razón al reclamante que prefiere esperar un poco más a cambio de obtener un dictamen más beneficioso. El año pasado, una de cada diez sentencias dictadas en Galicia tuvo que ser modificada tras agotar la vía del recurso. Se trata de una media aunque las posibilidades de éxito se multiplican según las jurisdicciones.
Es el caso de los juzgados de lo Social, que son los que más recursos generan y los que presentan mayor porcentaje de resoluciones revocadas. El año pasado, de hecho, el 41,5% de los fallos relacionados con despidos, extinciones de contratos o conflictos colectivos en la comunidad fueron modificados a instancias del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, que tras analizar el recurso decidió darle la razón al reclamante.La jurisdicción Social es en España la que presenta mayores niveles de impugnación, no sólo porque afecta a una materia de especial sensibilidad sino porque es la que ofrece más facilidades a la hora de plantear un recurso.
Así, todos los trabajadores tienen derecho a recurrir gratuitamente cualquier sentencia de contenido laboral, una garantía que pretende evitar que por miedo a asumir los costes del procedimiento decidan prescindir de tal vía. Además, que muchos de los asuntos que acaban en los juzgados de lo Social se refieran a conflictos colectivos –despidos, convenios laborales o expedientes de regulación de empleo– anima a los afectados a agotar la vía judicial.
El factor determinante a la hora de pedir una segunda opinión en estos casos suele ser la unificación de doctrina, que obliga a todos los tribunales superiores de España a aplicar el mismo criterio jurídico ante una reclamación laboral similar, lo que multiplica las posibilidades de éxito para el trabajador.
Los cambios introducidos en el dictamen inicial, con todo, no suelen ser radicales. "Admitir un recurso no significa que la sentencia analizada esté totalmente mal sino que hay aspectos concretos que pueden modificarse. En una relamación de cantidades, por ejemplo, se puede incrementar la cuantía de la indemnización", explica Luis Villares, titular del Juzgado de Primera Instancia de A Fonsagrada.
La mayoría de las sentencias acaba ratificada tal y como se redactó inicialmente. Según un informe del Consejo General del Poder Judicial, el 92% de las casi 100.000 sentencias dictadas en 2008 en Galicia fueron confirmadas en primera instancia o tras agotarse la vía del recurso.

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