Ya es firme. El Olivo ha vuelto a ser sancionado, así como el que fuera su entrenador Toni Pazó, por el uso fraudulento de la ficha de la jugadora Jessica Bedoya.

El fallo ha vuelto a ser contundente con la infracción del club olívico y del técnico, que ya habían sido sancionados, aunque el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) había anulado dicho castigo por un problema de plazos en la notificación de la resolución final. Esta vez, tras la reapertura del expediente, el club y el técnico han vuelto a ser castigados con la pérdida de categoría (aunque ahora mismo ya milita en Segunda Autonómica), una multa de 3.000 euros y la inhabilitación de Pazó de 18 meses sin licencia.

Competición ha fallado a propuesta del juez instructor del caso, Juan Antonio Landaberea, el mismo que había dirigido el proceso anterior. En las alegaciones de las partes demandadas se pedía la anulación de la motivación sancionadora y la caducidad del expediente, puntos que fueron desestimados porque se trata de faltas de carácter "muy grave" que no prescriben hasta los tres años.

El juez menciona, además, que se trata de una "estrategia reiterada, consciente y dolosa" en la cual se han burlado las reglas elementales de competición tanto por parte de El Olivo como de Pazó. Cabe recordar que los hechos denunciados datan de los partidos de la temporada 2016/17 de las jornadas 17, 18 y 19 ante Friol, Femiastur y Atlántida de Matamá, respectivamente.

El Olivo también solicitaba la prescipción del procedimiento remitiéndose al artículo 26.4 que habla de alineaciones indebidas, que deben ser denunciadas por el club afectado, pero en este caso el comité también desestima esta alegación porque la alineación es un hecho que está más que justificado y probado y que se desprende de una suplantación de identidad que ha sido denunciado por la jugadora afectada, que está totalmente legitimada para realizar dicha denuncia.

En el proceso también se ha corroborado que hay una responsabilidad personal por parte del que por aquel entonces era el entrenador, Toni Pazó, y por tanto también es motivo de sanción.

En resumen, todas estas actuaciones se consideran hechos de antideportividad, adulteración en incumplimiento de las normas tanto por parte del club como del técnico.

Después de que todas las partes, denunciantes y denunciados, hayan podido aportar todas las pruebas pertinentes y hayan podido explicar los hechos, así como tramitar las alegaciones pertinentes, además de tener acceso a los documentos aportados por todas las partes, no tiene cabida el hecho de que se haya producido indefensión, como alegaban las partes demandadas; como tampoco se han vulnerado los principios de "legalidad, tipicidad, proporcionalidad, presunción de inocencia" como también reclamaban.

Las partes sancionadas podrán ahora interponer un recurso ante Apelación y, en su caso, el TAD. En el documento se apunta que en dicha sanción se tendrá en cuenta el tiempo en el que la sanción ha estado firme antes de la anulación del proceso anterior, sobre todo en lo que se refiere a la sanción a Toni Pazó, teniendo en cuenta el tiempo que el técnico estuvo sin poder hacer uso de su licencia antes de la anulación del proceso anterior por parte del TAD.

De este modo, de no darse un nuevo vuelco inesperado en el proceso, El Olivo no podrá solicitar la restitución de la plaza en la categoría nacional la próxima temporada.