Un día duró la sanción impuesta por el Comité de Disciplina Deportiva de la Real Federación Española al Comesaña Sporting Club de 13 meses sin licencia federativa que le había impuesto por no corregir las clasificaciones del último Memorial Belarmino Alonso de campo a través en el que resultó ganadora la portuguesa Maria Pinho, siendo tercera la también lusa Sofía Martins en la carrera sénior/promesa femenina.

Tras presentarse una reclamación al entenderse que las dos lusas no se encontraban "en posesión de la licencia federativa reglamentaria", se instó al club a cambiar las clasificaciones, algo que no hizo defendiendo la validez de la licencia de sus atletas y, en consecuencia, de dichos resultados.

El jueves por la mañana el presidente Belarmino Alonso recibía la notificación de la sanción de 13 meses sin licencia federativa impuesta por la RFEA, una resolución que el club ya había comunicado que recurriría ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD).

Pero la situación dio un vuelco al recibir ayer una nueva notificación por parte del Comité de Disciplina Deportiva de la RFEA en la que se anuncia la decisión de "revocar la resolución dictada" por dicho comité. El motivo es una cuestión de fechas, por varias razones.

La primera es que el Comité de Disciplina Deportiva dio traslado "de la propuesta del instructor" al club el 26 de julio, "sin que se le remitiesen las alegaciones" del club vigués, "por no haber llegado en dicha fecha las alegaciones a la RFEA". De este modo, el comité dictó su resolución sin que se tuvieran en cuenta dichas alegaciones que el club había enviado "por correo administrativo el día 26 de julio", sin que hubieran tenido entrada en la RFEA hasta el día 28 "por causas no imputables al interesado". Así, en aplicación del artículo 109.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre ha procedido a "revocar" la resolución dictada por el comité en fecha 27 de julio de 2017, por "haber sido un acto gravoso al haberse dictado sin tener en cuenta las alegaciones del club".

Además, el proceso ha quedado invalidado también por haber "excedido los plazos de tramitación establecidos en el artículo 31.1 del Reglamento Jurídico Disciplinario de la RFEA" (que tendría que ser no superior a un mes contado a partir de la iniciación del procedimiento), por lo que "procede declarar la caducidad del presente expediente".

La junta directiva del Comesaña Sporting Club, reunida ayer, no se siente conforme con esta revocación y ya anunciado que pedirá responsabilidades, primero ante el Comité de Disciplina Deportiva de la RFEA, y al TAD o incluso a la justicia ordinaria si fuese necesario, por lo que entiende un "abuso de autoridad" durante todo el procedimiento.