El Juzgado de lo Penal número 14 de Sevilla ha absuelto a Rubén Castro, cedido por el Betis al Guizhou Hengfeng hasta final de año, por los presuntos malos tratos cometidos sobre su expareja sentimental por los que fue juzgado el 25 de mayo. La Fiscalía había solicitado cuatro años de cárcel y la acusación particular ejercida por su exnovia, con la que mantuvo una relación entre abril de 2011 y comienzos de 2013, pedía ocho años y nueve meses de prisión. La abogada de la expareja estudiará si recurre y ha reclamado "respeto".

El magistrado concluye que no ha quedado acreditado que el delantero "hubiere empleado la violencia como método de imposición y sometimiento de la voluntad" de su exnovia "ni que hubiese intentado controlar aspectos" como su forma de vestir, las personas con las que se relacionada, sus llamadas y mensajes, sus salidas o su trabajo como go-gó. El juez dice que no ha quedado acreditado que Castro "hubiere aprovechado la importante dependencia emocional y económica" de la denunciante, ni tampoco que "hubiere ejercido, de forma frecuente y reiterada en el tiempo, actos de violencia física y verbal sobre la misma, vejándola en privado con palabras tales como puta, guarra, estás sucia, achacándole a menudo que estaba con otros hombres".

El juez analiza uno a uno los hechos denunciados por la exnovia del delantero y entiende que no ha quedado probado que, en agosto de 2011, Castro "hubiere exigido explicaciones" a su pareja de "cada paso que daba, ni que no la hubiere dejado ir a la playa o salir con sus amigas a tomar café". Tampoco ha quedado acreditado que, cuando tenía que ausentarse, el delantero "hubiere exigido" a la denunciante, "con amenazas, que diese toques al móvil desde el teléfono fijo de casa de sus padres para asegurarse de que no estaba en la calle".

En relación al mensaje que el futbolista le envió el 23 de agosto de 2011, donde le decía 'eso espero porque si no es así te mato', el juez afirma que "no ha quedado acreditado que hubiere enviado dicho mensaje con la intención" de que la joven "pensase que iba a matarla o hacerle de alguna manera daño". Tampoco ve acreditado el juez que, el día 15 de octubre de 2012, en la vivienda del delantero, éste "hubiere interrogado" a su pareja "en relación a cómo iba vestida y, al confesarle" ella que "venía de celebrar su cumpleaños con sus amigas, le hubiese golpeado".

El magistrado descarta que, el 30 de diciembre de 2012 y también en la vivienda del futbolista, éste hubiera "zamarreado" y agarrado por los brazos "fuertemente" a su novia, y que le hubiese propinado patadas y golpes en la cara.

El juez tampoco considera acreditado que, en febrero de 2013, estando ambos en un hotel de la capital, Castro le hubiera "abofeteado varias veces", ni que le hubiere tirado del pelo o golpeado en el costado con la rodilla. Ni ve pruebas de que, el 1 de mayo de 2013, y en el domicilio de Castro, éste le propinara una "patada en el estómago".

El magistrado considera que la relación sentimental "estuvo presidida por el conflicto". Al hilo de ello, alega que "tal conflictividad no lleva aparejada, de forma automática, la comisión de los delitos que constituyen" el objeto de la causa. Argumenta que, exceptuándose el hecho presuntamente acaecido el 1 de mayo de 2013, en los demás "no se ha contado con testigo presencial alguno". El juez considera, en cuanto a la declaración de la denunciante, que "se ha echado en falta la necesaria concordancia y coincidencia en datos que no se pueden entender fueren menores o intrascendentes".

La Fiscalía investigará la presunta comisión por el delantero de un delito de quebrantamiento de medida cautelar. En la vista oral, un exjugador del Betis relató que fue con Castro a la playa; allí apareció la denunciante y se dirigió al imputado para hablar con él. El testigo advirtió al delantero para que se fueran de allí puesto que contaba con una orden de alejamiento.

En el juicio del 25 de mayo, el delantero aseguró que "jamás le ha puesto la mano encima" a la joven y atribuyó la denuncia a los "celos" de ella porque, durante la relación, también estuvo con otras mujeres.