Jorge Pérez, aspirante a la presidencia de la Federación Española de Fútbol (RFEF) en las elecciones que se celebrarán el día 22, presentó un recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), en el que impugna la proclamación de la Asamblea general y pide la repetición de la elección de ésta.

Tras la proclamación definitiva este viernes de los miembros de la Asamblea, Pérez anunció su recurso por irregularidades detectadas principalmente en el voto por correo y en el mismo pide la nulidad con medidas cautelares del proceso de elecciones a la asamblea y la repetición del proceso, pero tutelado por el Consejo Superior de Deportes (CSD), al menos en lo relativo al voto no presencial.

Pérez comunicó también que pese a que este viernes día 5 es la fecha en la que los candidatos a presidente deben presentar su candidatura "no ha solicitado ningún aval debido a que la asamblea elegida ha sido impugnada en su totalidad y se encuentra pendiente de resolución".

"En ningún caso puede existir una proclamación firme de candidatos y por tanto existe una imposibilidad de presentación de avales. En este sentido, y para evitar confusiones, queremos confirmar que Jorge Pérez sigue siendo candidato a la presidencia de la RFEF por todos los motivos aducidos y relatados", asegura en un comunicado.

Los argumentos para su impugnación aluden a la falta de recuento de casi mil votos, cuyo paradero se desconoce, a la introducción en urnas y recuento posterior de más de 500 sobres depositados fuera de plazo y a la existencia de otros 584 sobres irregulares, ya que el acta notarial no especifica su forma de envío ni procedencia.

La reclamación indica que "existen 973 sobres de votación que no se han contabilizado y se desconoce su paradero", ya que durante el escrutinio de la mesa de voto por correo se recogió un número total de votos escrutados de 5.065, cuando el acta notarial del notario seleccionado por la RFEF recoge que se recibieron 6.083 sobres.

También detalla que hay más de 500 sobres depositados en la notaria fuera de plazo (20 de abril de 2017), que se introdujeron en las urnas y se mezclaron con los llegados en plazo, con la oposición de los interventores de su candidatura, que afirma que esos sobres se depositaron en notaría en fechas hasta el 24 y 25 de abril".

Igualmente alude a la existencia de otros 584 sobres de votación cuyo método de envío y procedencia establecido en el reglamento electoral no está especificado en el acta notarial.

La impugnación alude a su vez a "la constatación a lo largo del proceso de una patente carencia de neutralidad por parte de las federaciones territoriales y el presidente de la gestora, ya confirmada por el TAD el pasado 26 de abril cuando ya estaba prácticamente la totalidad del voto emitido".

En opinión del exsecretario general de la RFEF estos datos "son de vital importancia", ya que las elecciones a la Asamblea de ésta son participadas en un 95% por el voto por correo".

"Existen motivos suficientes para que la resolución sea admitida con medidas cautelares y admisión de la prueba, debido a que se desconoce el paradero de un 20% de los votos, a que otro 10% aproximadamente se incluyeron en las urnas conociendo la Comisión Electoral que habían sido depositados fuera de plazo y a que otro 10% aproximadamente, del examen visual detallado del tomo 1 del acta notarial, al contrario que con el resto de los sobres, no detalla o se desconoce la procedencia y método de envío de acuerdo al reglamento Electoral, con el fin de asegura la identidad del votante y la imposibilidad de manipulación", afirma.

La Comisión Electoral de la RFEF oficializó hoy la composición de la Asamblea General, en la que 120 de sus 140 miembros son elegidos por los distintos estamentos -clubes, jugadores, entrenadores y árbitros-. 20 de ellos, el presidente y los presidentes de las federaciones autonómicas- son natos.

El presidente, Ángel María Villar, que ocupa el cargo desde 1988 y preside la Comisión Gestora debe dimitir de éste para presentar este viernes su candidatura, según establece la orden ministerial de 2015 que regula las elecciones en las federaciones, y optar a su octavo mandato, que se prolongará hasta 2020.

La candidatura debe presentarse por escrito a la Comisión Electoral con el aval como mínimo del quince por ciento de los miembros de la Asamblea.