El titular del Juzgado de Instrucción número 7 de Palencia ha denegado a Marta Domínguez las medidas cautelares que la atleta había solicitado para impedir el uso de sus resultados de análisis de sangre por parte de organismos ajenos a los órganos judiciales. La palentina luchaba por impedir la utilización de sus análisis de sangre. La decisión no es firme. Con la suspensión cautelar del proceso, alegando defectos de forma por la utilización y publicación de sus datos hematológicos, la atleta intentaba parar el proceso sancionador en la vertiente deportiva. Ahora el juez fijará día para el juicio en el que habrá sentencia definitiva al respecto.

Paralelamente, tras la negativa por parte de la Federación Española a sancionar a la atleta pese al informe de la Federación Internacional que dice que, inequívocamente, viendo el pasaporte biológico de la atleta ésta se dopó, la IAAF tenía 45 días para decidir si elevaba el asunto al TAS, el Tribunal de Arbitraje Deportivo. Según se ha sabido ayer la Federación Internacional ha recurrido y ahora todo queda pendiente del fallo del TAS que puede sancionar a la palentina por dos o cuatro años.