Los continuos rumores que se han repetido durante muchos años sobre prácticas de amaños de partidos, apuestas ilegales no tuvieron siempre castigos severos. Solo desde el año 2010, se ha reforzado la lucha sobre estas circunstancias que son una auténtica lacra para el deporte en general y el fútbol en particular.

Desde ese año, la inclusión en el Código Penal, con la reforma del artículo 2877 bis, de la figura del "fraude deportivo" permite condenar "las conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva profesional", con lo que no solo dejarse perder o intentar ganar un partido de forma irregular se castiga, sino también las primas a terceros.

Los castigos van desde los seis meses a los cuatro años de prisión, inhabilitación de uno a seis años y una multa que triplique el valor del beneficio obtenido en las prácticas fraudulentas.

Además, en el ámbito puramente deportivo (según tipifica el artículo 69 de los Estatutos Sociales de la Liga), las cosas tampoco quedan impunes, sino que los clubes que incurran en este tipo de acciones, se arriesgan desde a ser apercibidos o perder puntos a bajar de categoría automáticamente "cuando el incumplimiento revistiese de especial gravedad". Incluso, en el peor de los casos, los estatutos también contemplan la expulsión temporal (de tres a cinco años) o definitiva de la competición.