La Xunta no hará excepciones y cumplirá "escrupulosamente", asegura, lo establecido por la normativa comunitaria sobre medidas y protocolos para evitar la propagación del nematodo del pino. Tras los incendios del pasado octubre, el gobierno autonómico trabaja "intensamente", afirma, "para proceder a la retirada de madera en terrenos que dependen de la Administración".

Debido a la gran cantidad de incendios que afectaron a Galicia y, en concreto, a la zona demarcada de As Neves, la Consellería de Medio Rural ha publicado una instrucción en la que recuerda el procedimiento a seguir para las talas en la zona demarcada.

La normativa establece que para talar árboles verdes es necesario presentar una autorización ante Medio Rural. El destino de esa madera deberá ser un aserradero o industria de la madera autorizada y localizada dentro de la zona demarcada. Una vez que se realice la tala, la empresa debe comunicar el movimiento de madera a la Consellería y ésta lo autorizará, siempre que cumpla con la legislación vigente. Mientras que las salidas de madera fuera de la zona demarcada solo se permitirán a las instalaciones de tratamiento autorizadas, situadas a la menor distancia posible y bajo control oficial.

En el caso de los árboles afectados por los incendios, están establecidas una serie de condiciones a seguir para su tratamiento o destrucción, tanto antes como durante la temporada de vuelo del vector que transmite el nematodo.

Respecto a la madera con destino a aserraderos, la instrucción determina que el promotor debe presentar una comunicación de tala, garantizar la trazabilidad de la madera y que el destino del producto debe ser un aserradero o industria autorizada y localizada dentro de la zona demarcada. Pero también se permite, excepcionalmente, la salida de madera en rollo a aserraderos autorizados fuera de la zona demarcada. Eso sí, los aserraderos deberán procesar esta madera en el menor tiempo posible, y siempre antes del 31 de marzo de 2018.

Si el destino de la madera de árboles afectados por el fuego es distinto a un aserradero, también se establece el deber de presentar una comunicación de tala y garantizar la trazabilidad. Asimismo, se especifican las condiciones de tala y trituración en el monte.

Por último, en ambos casos, para árboles verdes o afectados por los incendios, en caso de estar destinados a uso propio, se permite cortar como leña hasta un máximo de 10 metros cúbicos de madera, previa comunicación de tala. Este producto deberá consumirse antes del 1 de abril de 2018.