El fiscal pidió, a través de un escrito remitido al Juzgado de Instrucción número tres de Porriño, que se continúe con el procedimiento de las diligencias previas 36/2013 para juzgar al exalcalde de Porriño, Nelson Santos, y a su número dos en 2010, José Manuel Jacobo, "como presuntos de autores de un delito de prevaricación administrativa".

Con este escrito, la Fiscalía apura a la terminación de este procedimiento, uno de los que salpica al exregidor, al considerar que los hechos por los que se le acusa, tanto a él como al exteniente de alcalde, están "indiciariamente acreditados".

El Fiscal asegura así que "durante el tiempo que fueron alcalde y teniente de alcalde, el Concello de Porriño procedió a la contratación discrecional de servicios que debían ser contratados conforme a procedimientos públicos de contratación".

Añade que lo hicieron con conocimiento pleno de que estaban incumpliendo la Ley "y con el firme propósito de beneficiar a amigos o compañeros de partido (Ciudadanos por Porriño)", indica textualmente.

El fiscal hace referencia a cuatro empresas que fueron contratadas en 2010, nada más acceder a la alcaldía "para la realización se servicios permanentes y estables del Concello, con duración e importes superiores a un año y a 18.000 euros y por tanto no podían ser considerados contratos menores ni contratados por libre designación".

Apunta además el fiscal en su escrito, que dichas contrataciones se hicieron sin ningún tipo de licitación pública "concertándose exclusivamente con los beneficiarios a los que estaban unidos por vínculos directos o indirectos de amistad, sin documentar dichas contrataciones y sin proceder en modo alguno, al menos hasta la imputación judicial de presuntas responsabilidades penales, a iniciar procedimientos de regulación de la situación, ya que no se procedió, a pesar de los numerosos avisos de la Intervención municipal, a corregir la misma".

La Fiscalía aclara que concretamente "cada factura presentada por las citadas empresas (generalmente mensuales) la Intervención Municipal procedía a advertir lo indebido del modo de contratación sin que se corrigiera la situación, sino que se perpetuó en el tiempo procediendo el Sr. Santos, en su calidad de alcalde del Concello, a levantar el reparo interpuesto por el interventor al abono de las facturas presentadas alegando que el servicio había sido efectivamente prestado, reconociendo la irregularidad radical de la contratación pero sin adoptar ninguna medida para subsanar la misma, logrando así la perpetuación de contrataciones manifiestamente ilegales aún a sabiendas de que con ello conculcaba la legalidad".

El fiscal recuerda que consta en las diligencias una extensa documentación, como las facturas, los reparos y los levantamientos de los mismos.