Proveedores de Salceda, que suman 640.000 euros por trabajos y servicios de 2015, no han podido cobrar al no aprobarse el Reconocimiento Extrajudicial de Crédito que permite pagar las facturas en el pleno por votar en contra la oposición, en las cinco ocasiones que lo intentó el gobierno local. La siguientes preguntas y respuestas ayudan a entender esta problemática.

¿Qué es un Reconocimiento Extrajudicial de Crédito (REC)?

Es un mecanismo legal para que proveedores de un Ayuntamiento puedan cobrar las facturas por obras y servicios realizados cuando las partidas presupuestarias están agotadas, sin acudir a la vía judicial.

¿Es legal contratar obras y servicios sin dinero asignado en la partida presupuestaria?

Sí. El presupuesto presupone un gasto pero no puede preverlo con exactitud. La dinámica municipal obliga a realizar muchas veces gastos por encima de lo presupuestado. En el caso de Salceda se da incluso la casuística de que 130.000 euros corresponden a consumos eléctricos.

¿Qué requisitos debe tener una factura para poder incluirse en un REC?

El único, ser una factura legal y que los trabajos y servicios se hubieran realizado.

¿Solo el pleno puede autorizar este pago?

Sí, por mayoría simple. Aunque es uno de los temas pendientes de regulación para la próxima reforma de la Ley de Régimen Local, en la actualidad solo el pleno municipal puede autorizar este reconocimiento de deuda.

¿Tiene derecho la oposición a votar en contra?

Sí, aunque por regla general la oposición se abstiene o incluso vota a favor para no perjudicar a los proveedores. La oposición puede votar en contra, lo que suele tener que ver más con el hecho de dificultar la labor del gobierno que por razones objetivas.

¿Qué pueden hacer los proveedores para cobrar?

En la actualidad solo les queda la vía judicial, que siempre falla a su favor, generando intereses de demora y más gastos para el Concello, y una mayor tardanza en el pago que si se aprobase por el pleno el REC.