La sección 2 de la Audiencia Provincial de Pontevedra obliga, a través de un auto, a aceptar un recurso de la alcaldesa de Porriño, Eva García de la Torre, contra la decisión por parte del Juzgado de número tres del sobreseimiento provisional (archivo) del caso de la supuesta copia ilegal de datos informáticos en el Concello de Porriño.

El caso había sido abierto tras la denuncia interpuesta por el Secretario del Concello, por la copia de datos de un ordenador a un disco duro por parte de una trabajadora de las oficinas generales del Ayuntamiento.

La Audiencia estima el recurso de apelación interpuesto por la alcaldesa y obliga de esta forma "a tramitar el recurso de reforma contra el sobresimiento", que presentó Eva García de la Torre .

El juzgado porriñés no había aceptado el recurso contra el archivo presentado por la alcaldesa de Porriño, al considerar que la misma no era la denunciante.

La Audiencia recuerda a la Juez porriñesa que "es evidente que la denuncia formulada por el Secretario lo fue en nombre del Ayuntamiento, y en defensa de los intereses de este, de manera que la decisión del sobreseimiento provisional adoptada por la Juez de Instrucción, efectivamente esta afectado a los intereses de la Corporación Municipal y es en defensa de estos por lo que la Sra. Alcaldesa se persona y formula su recurso de reforma, de manera que esta legitimada para ello y por ello no puede revocarse"

Además la Audiencia valora que los hechos que ocurrieron en el Concello de Porriño "pueden revestir carácter de delito, toda vez que la trabajadora estaba copiando datos del ayuntamiento, que podrían ser susceptibles de utilización ilegítima"

En el Auto, la Audiencia recuerda al Juzgado de Instrucción número tres de Porriño, las funciones de un alcalde según la Ley de Bases de Régimen Local entre las que destaca el ejercicio de las acciones judiciales y administrativas en materia de su competencia y, en caso de urgencia, en materia de la competencia del Pleno, dando cuenta en la primera sesión que se celebre".

La copia de datos por parte de una trabajadora se estaba realizando directamente en un disco duro sin que ello tuviera conocimiento el gobierno local.

Incluso por parte del gobierno local se especuló que el destino de la información podría ser la oposición municipal o otros fines ilegítimos.

En el momento de la incautación el material informático fue puesto a disposición de la Guardia Civil.