La Fiscalía "no aprecia" que la alcaldesa de Porriño, Eva García de la Torre, hubiese vulnerado (causar daño) el derecho a la intimidad de una funcionaria de Servicios Sociales y no presentó cargos contra la regidora para el procedimiento especial "en defensa de los derechos fundamentales" celebrado en la mañana de ayer en el Juzgado de lo Social número 5 de Vigo.

La alcaldesa, que lleva en el cargo desde junio pasado, fue denunciada por la funcionaria, que además es representante sindical, de supuesta vulneración del derecho a la intimidad al entender que la regidora pudo acceder a sus datos al requisar un disco duro informático de su despacho, e incluso que pudo acceder a su ordenador del trabajo y revisar su correo electrónico.

La regidora afirmó en el juicio que no había tenido acceso a datos personales de la funcionaria, ni por ordenarle la entrega de un soporte informático en manos de trabajadora, ni por acceder al ordenador de la misma, ni por ninguna otra circunstancia.

Además explicó durante la vista que esta trabajadora había ordenado la compra de un disco duro sin ser autorizada para ello, con el objeto de realizar una copia de información del Concello y al tener conocimiento de los hechos pidió a la funcionaria que se lo entregase. En un primer momento la trabajadora se había negado pero posteriormente realizó la entrega. Según la alcaldesa, no accedió a los datos informáticos del sistema ya que "el disco se lo entregue a la Guardia Civil, para que lo analizase".

Ante los hechos, la funcionaria presentó una denuncia en la propia Guardia Civil acusando a la regidora de coacciones por haberle retirado el soporte informático e indicó que en el mismo solo había archivos de carácter profesional. Posteriormente recurrió a la vía de lo social "por vulneración de los derechos fundamentales", recogidos en la Constitución.

La Fiscalía "no aprecia" vulneración del derecho a la intimidad por parte de la alcaldesa al hacerse con el disco duro, al ser la regidora la responsable máxima de ordenar los medios personales y materiales del Concello "y al no existir archivos de carácter personal no hay vulneración del derecho a la intimidad". En este tipo de procedimientos el Fiscal debe ser parte, pero ante los documentos emitió un informe indicando que no podía formar parte del proceso.

La acusación quiso modificar el objeto del pleito en la propia sala para añadir que en el disco duro también había archivos de carácter personal, pero el Juez no lo admitió indicando que no permitiría introducir hechos nuevos ya que en ninguna de las instancias anteriores se había referido a este supuesto.

La funcionaria por los hechos requería de la regidora una indemnización de 6.000 euros.

Además de la alcaldesa, que se defendió así misma, el Concello también fue llamado al pleito, como responsable subsidiario, y fue defendido por otro abogado.

La alcaldesa denunció que se utilizó el recurso judicial para "por otro tipo de motivaciones" ya que la demanda no tiene fundamento jurídico. Eva García de la Torre se mostró tranquila y añadió que quedó acreditado que actuó correctamente.