El conocido establecimiento comercial Alimentación Fernanda, ubicado en la céntrica calle Lorenzo de la Carrera, en pleno casco histórico baionés, se enfrenta por segunda vez en menos de dos años a una multa autonómica de 10.000 euros por supuesta venta de bebidas alcohólicas fuera del horario permitido. Su propietaria se libró de la primera, fijada en marzo de 2014, porque la Consellería de Economía, Emprego e Industria dejó caducar el expediente, pero ahora sus recursos han sido desestimados por la vía administrativa y ha acudido a los tribunales para defenderse y ha demandado al citado departamento de la Xunta. El juicio quedó visto para sentencia ayer en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Vigo y será su titular quien resuelva el asunto en los próximos días.

Todo comenzó la madrugada del 28 de julio de 2013. Agentes de la Policía Local de Baiona denunciaban al establecimiento por vender dos litros de cerveza a dos jóvenes en horario prohibido, a las 1.15 horas. La Lei de Horarios Comerciais de Galicia impide al negocio despachar bebidas alcohólicas después de las diez de la noche. El Concello trasladaba el informe a la consellería, que abría el primer expediente en octubre y lo resolvió cinco meses después, en marzo de 2014. Acusaba a la dueña de una infracción grave y la sancionaba con los mencionados 10.000 euros. La propietaria presentaba alegaciones en abril. Argumentaba imprecisiones en la denuncia y señalaba que los agentes no habían entrado en el local para certificar los hechos. Adjuntaba incluso vídeos y fotografías al respecto.

La defensa de la afectada solicitaba la caducidad del proceso en noviembre al no obtener respuesta a lo largo de seis meses y la Administración autonómica tuvo que aceptar y archivó el caso. Pero lo reabrió enseguida al considerar que la infracción seguía vigente.

Juicio

Después de unos meses de recursos sin éxito por la vía administrativa por parte de la dueña, el asunto llegó a los juzgados y la vista se celebró ayer. La letrada de la propietaria reiteró ante el juez que los policías se encontraban a una distancia en la que no podían apreciar los hechos denunciados -junto al Hotel Anunciada- y recordó que las imágenes de la cámara del local, aportadas de nuevo, así lo demuestran. Aseguró asimismo que los diversos informes de los agentes presentan contradicciones y que la infracción ha prescrito, además de considerar que no existe proporcionalidad entre la cuantía impuesta y el carácter de los hechos.

Por su parte, la abogada de la consellería manifestó que la sanción está ajustada a derecho y los actos debidamente acreditados.