La Audiencia Provincial de Pontevedra ha anulado un procedimiento de ejecución hipotecaria en Tomiño porque el contrato contenía una cláusula "abusiva" que permitía exigir todo el importe con solo dejar de pagar una cuota.

En su fallo, la Audiencia indica que la sanción resulta "absolutamente desproporcionada" en relación con la entidad del incumplimiento, que ciertamente existe, pero es insuficiente para provocar la pérdida del plazo y determinar el vencimiento anticipado, por lo que debe ser declarada abusiva y, por tanto, nula.

El piso había sido adquirido por un matrimonio en 2008, y los impagos comenzaron en 2012, tras el fallecimiento de uno de sus miembros.

La decisión de la Audiencia sienta un precedente porque viene avalada por el pleno juridisccional, que aplica así una modificación en la Ley Orgánica del Poder Judicial para unificar los criterios de las distintas secciones.