El Concello de Tui dispone del Plan Especial do Conxunto Histórico de Tui (PECHT), que tiene el informe desfavorable de la Dirección Xeral de Patrimonio Cultural de la Xunta, y también conoce las múltiples consideraciones que hace constar la Dirección Xeral sobre el documento. Se trata del envío previo a la llegada del "oficial". El Concello tudense ya conoce los aspectos que, según Patrimonio, se han de corregir o añadir al PECHT, como es el estudio de flujo de tráfico que debe figurar para definir la situación de aparcamientos disuasorios en la zona de mayor intensidad de circulación del conjunto histórico, especialmente en el camino jacobeo.

La concejala delegada de Patrimonio, Carmen Núñez, indica como muy positivo el poder "disponer de este documento, lo que nos permite comenzar a trabajar". En primer lugar, cuando llegue el "oficial", el gobierno y el equipo redactor se reunirán para establecer un calendario de trabajo con el objetivo de sacar el PECHT adelante cuanto antes. Posteriormente, se reunirán con técnicos de Patrimonio para especificar y concretar modificaciones a realizar, con el fin de no perder tiempo y avanzar en el trabajo. La idea inicial es que, si se cumplen los plazos, el PECHT ya esté aprobado en 2016.

Patrimonio considera que no es válido emplear el catastro como paso para extraer información. El PECHT tiene que recoger la realidad del parcelario, como es la identificación de casas por su numeración y nombres de calles. Hay errores en la medición de alzados de fachadas exteriores de viviendas que dan cara al río Miño y en la Avda. de Portugal, en relación al PXOM en vigor y a la realidad.

Tienen que constar los alzados de edificaciones en sus patios interiores. Hay que concretar los pavimentos a utilizar en obras de mejora en espacios exteriores y deben documentarse los pavimentos a conservar y los ya existentes.

Las dimensiones y situación de rótulos comerciales también tienen que figurar y hay que definir los modelos de elementos de mobiliario urbano. Como obligatorio, ha de constar el soterramiento de instalaciones urbanas, como cableados, cuando se proceda a remodelación de las calles.

El documento debe incluir la reposición a su estado anterior de las cosas o inmuebles que han sido objeto de apertura de expediente sancionador o sentencia judicial que lo ordene. Los elementos arqueológicos, visibles o no, cuya existencia se conoce, deben figurar.

Las consideraciones que aporta Patrimonio son de carácter formal, relativas a la normativa, al catálogo, a la ordenanza y a la documentación gráfica, según precisa la concejala delegada.