El Concello de Nigrán deberá indemnizar con 312.491,68 euros a una promotora inmobiliaria por dos chalés pareados -cuatro viviendas- en construcción, derribados en 2007 en Monte Lourido por carecer de licencia. Así lo indica una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Vigo que condena al Ayuntamiento a abonar esa cantidad por la responsabilidad patrimonial derivada de la anulación de los dos permisos de obra de los edificios, concedidos en 1988, siendo alcalde el histórico Avelino Fernández, entonces de AP, después del PP y, más tarde, del desaparecido PINN.

Tras 26 años y hasta seis regidores diferentes, el proceso todavía no ha terminado, dado que el actual gobierno municipal ha recurrido el fallo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que todavía no se ha pronunciado. Por el momento, el Ayuntamiento se enfrenta a la citada compensación a la empresa Ferymol S.L., titular de los terrenos y de las licencias, anuladas en 1992 por el alto tribunal gallego por no ajustarse a la normativa vigente entonces, que calificaba el suelo como no urbanizable.

El TSXG ordenó al Ayuntamiento en 2005 ejecutar la demolición de forma subsidiaria. Y el gobierno del exalcalde socialista Efrén Juanes, con el actual portavoz del PSOE, Juan González, como concejal de Urbanismo, procedió al derribo en 2007, cargando los costes, de 26. 609,20 euros, a la propietaria de los inmuebles.

Responsabilidad patrimonial

Pero la empresa había iniciado los trámites para exigir los daños y perjuicios de la anulación de las licencias un año antes ante el Concello de Nigrán. Reclamación que el Ayuntamiento desestimó en abril de 2012 en base a un informe del arquitecto municipal que negaba la posibilidad de indemnizar a la propiedad, dado que las construcciones ni siquiera se ajustaban a las autorizaciones urbanísticas concedidas. Excedían el volumen previsto y los retranqueos.

Así que la compañía, promotora y constructora, trasladó el asunto a los tribunales y llegó a exigir 1.555.594,99 euros en compensación. La cifra resultaba de sumar la valoración de las edificaciones demolidas, 288.284,84 euros, más el precio estimado de los terrenos, 976.278,76 euros, más los costes del derribo que la compañía asumió, más los honorarios de sus abogados y los daños morales.

Pero el juez ha estimado únicamente la cantidad relativa al precio de las estructuras de las viviendas y los daños y perjuicios materiales del proceso. No el valor de la finca porque la empresa sigue siendo su titular, ni las consecuencias morales por tratarse de una persona jurídica, ni tampoco los gastos de demolición ni de asistencia letrada.