El Juzgado de Primera Instancia de Refuerzo de Vigo, que se ocupa de los procesos por la venta de productos bancarios tóxicos, condena a Novagalicia Banco a devolver 3.363 euros a un vecino de Nigrán. La cantidad corresponde con la quita del 22% establecida en el canje de obligaciones subordinadas.

El denunciante es Carlos Gómez Costas, presidente de la asociación cultural "Chandebrito 1807", que compró obligaciones subordinadas por 15.000 euros en 2009 creyendo que se trataba de un depósito a plazo fijo. Según reza el fallo, Gómez no recibió información sobre los riesgos del producto, dado que el director de la sucursal de NGB en Nigrán y los empleados "no estaban correctamente informados para comercializar" ese tipo de productos, por lo que "la entidad actuó con falta absoluta de diligencia" en ese sentido.

La sentencia anula los contratos firmados por Gómez con Caixanova, por lo que el demandante tendrá que devolver los intereses generados por el producto, pero la entidad le deberá restituir los beneficios que le ocasionaría el depósito a plazo fijo con el que contaba anteriormente. Así que finalmente, Gómez saldrá ganando con 300 euros.