El ex alcalde del PP de Gondomar Carlos Silva no irá a la cárcel por delitos relacionados con la corrupción urbanística. Por el momento, sólo cumplirá con una inhabilitación de siete años al condenarlo la Audiencia Provincial por prevaricación el pasado 17, día en que abandonaba sus cargos en la Corporación Municipal y en la Diputación de Pontevedra y presentaba su dimisión como presidente del PP de Gondomar. Desde esa fecha, vivía pendiente de la sentencia del juicio celebrado en mayo por falsedad documental, que podía llevarlo a la cárcel, pero ayer mismo conoció su absolución.

Además de la inhabilitación, la condena por prevaricación -por conceder una licencia a una vivienda unifamiliar con el Plan Xeral anulado- le imponía una pena de seis meses de privación de libertad, que no iba a cumplir por carecer de antecedentes penales. En cambio, sí le atribuía los citados antecedentes para ingresar en una penitenciaría en caso de ser condenado de nuevo por falsedad documental, ya que se le imputaba la firma de dos certificaciones para demostrar que dos viviendas irregulares ubicadas en la parroquia de Morgadáns tenían más de diez años de antigüedad y, por lo tanto, debían ser legalizadas. El fiscal pedía dos años de prisión y otros tantos de inhabilitación por esta causa al considerar que el ex regidor no tenía competencias para emitir dichos certificados y que los mismos no se ajustaban a la realidad. Pero la titular del Juzgado de lo Penal Número 1 de Vigo lo exonera de los cargos.

La sentencia afirma que Carlos Silva no cometió el delito de falsedad que se le imputaba e incluso recalca que la acusación contra el ex alcalde no se ajustaba a derecho.

En este sentido, la juez indica que “a la vista del escrito de acusación y de los hechos declarados probados, procede manifestar que no son legalmente constitutivos del delito de falsificación de certificados objeto de acusación por el Ministerio Fiscal. [...] No se observa en el comportamiento del acusado la concurrencia de ninguno de los requisitos legal y jurisprudencialmente exigidos para la apreciación del delito de falsedad”. Y es que, según explica el fallo, Silva no practicó una “mutación de la verdad”, puesto que firmó un certificado en que se confirmaba que las viviendas habían sido construidas hace más de diez años, ni tampoco incurrió en “dolo falsario”, es decir, “conciencia y voluntad de transmutar la realidad”.

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La absolución produce al ex alcalde popular sentimientos contradictorios, según explicaba ayer mismo. Por un lado, está satisfecho por demostrar su inocencia, pero también molesto por el daño a su imagen. “¿Ahora quién va a reponer a mí y a mi familia los daños morales causados? Acabo de ser inhabilitado por conceder una licencia a una vivienda unifamiliar cuando en A Guarda y Vigo hay sentencias de derribo y no se ha sentado a nadie en el banquillo”, se quejó.

A Silva no le parece justo que se llegase a celebrar el juicio por falsedad documental. “Si la juez dice que no había fundamentos para imputarme, ¿por qué no se archivó la causa anteriormente?”, recalca.

Aunque en principio no pedirá daños y perjuicios por este proceso, el ex alcalde sí recurrirá al amparo del Tribunal Constitucional en relación a la inhabilitación por prevaricación. “Demostraremos que es injusta. Primero se me condenaba a ocho años de inhabilitación por 39 y licencias y, definitivamente, a siete años por sólo una. No parece proporcionado”, argumentó.