GABINO PORTO - SALVATERRA
Los afectados que exigen a la Xunta el pago de los derechos mineros del Puerto Seco de Salvaterra y As Neves tendrán que esperar. La Consellería de Medio Ambiente dio a conocer ayer los informes jurídicos, entre ellos uno de la abogacía del Estado emitido a petición de Zona Franca, que consideran “nulo de pleno derecho” el convenio que el bipartito acordó en el consello de la Xunta para autorizar el pago exigido y que supone unos siete millones de euros.
Con estos datos jurídicos, y según la información remitida ayer, la comisión de seguimiento de la Plataforma Logística de Salvaterra-As Neves (Plisan), compuesta por representantes de la Zona Franca de Vigo, Autoridad Portuaria de Vigo e Instituto Gallego de la Vivenda e Solo (IGVS) acordaron por unanimidad esperar al pronunciamiento del Tribunal Supremo en los recursos de casación presentados y referidos al pago de derechos mineros en el Puerto Seco, antes de tomar nuevas decisiones, entre ellas el pago exigido.
Informes demoledores
Los informes de la asesoría jurídica general de la Xunta –solicitado por el IGVS– y de la Abogacía del Estado –pedido por la Autoridad Portuaria y la Zona Franca de Vigo– consideran que no es posible la firma y ejecución del convenio autorizado del Consello da Xunta en funciones el 26 de marzo, sobre el pago de los derechos mineros de la Plisan.
“Dichos informes consideran nulo de pleno derecho el citado convenio, que nunca fue firmado por oponerse a lo establecido en el mismo tanto la Zona Franca como la Autoridad Portuaria, que no participaron en su gestión ni conocieron su contenido hasta que fue aprobado”, asegura la Xunta.
Además, la nota se hace eco de las advertencias de los técnicos en el sentido de que respetar el convenio –pagar a los afectados– “conllevaría eludir el cumplimiento de los fallos en los términos en que fueron dictados”, refiriéndose a los fallos judiciales dictados por la sala del Contencioso-Administrativo y del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sentencias que en la actualidad están recurridas en casación ante el Tribunal Supremo. Los informes indican también que el convenio “no solo no se acomodaría al prescrito por las sentencias dictadas, sino que los contravendría manifiestamente”.
Estos fallos judiciales acordaron hacer retroceder el expediente al punto de valoración de los bienes, impidiendo la fijación de un valor indiscriminado y uniforme, tal como pretendía el Convenio aprobado por el Consello da Xunta el 26 de marzo.
Además también se refieren al expediente que dio lugar a la aprobación por decreto del convenio para el pago de los derechos mineros. En este sentido los informes insisten en la ausencia total en el mismo de cualquiera documento que justifique el acuerdo previo entre las administraciones implicadas, destacando que incorpora declaraciones por cuenta del Consorcio de la Zona Franca y la Autoridad Portuaria de Vigo que no constan realizadas por dichas Administraciones y carecen de todo respaldo documental. La falta de acuerdo resulta especialmente patente y relevante en lo que alcanza a la valoración de los bienes, ya que Zona Franca puso de manifiesto que desconocía como se consiguió dicha valoración.
La Xunta finalmente resume que se atendrá a lo que diga el Tribunal Supremo.