E.G. - A GUARDA
El alcalde de A Guarda, José Manuel Domínguez Freitas, aplazó ayer cualquier decisión a tomar "hasta tener las cosas más claras" tras conocer la sentencia del Tribunal Supremo que desestima el recurso de queja presentado por los propietarios de las ocho viviendas de A Armona, en Camposancos (A Guarda) cuya demolición fue ordenada hace diez años por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia por carecer de licencia y haberse construido en un lugar no destinado a ese uso.
"Veremos qué ocurre a partir de ahora", decía con toda prudencia el regidor, quien recordó que la adjudicación de la redacción del proceso de demolición se paralizó en febrero pasado "al conocer que los propietarios habían presentado ese recurso de queja".
Con anterioridad, hubo un concurso restringido ofrecido a tres estudios de arquitectura para realizar ese proyecto, pero ninguno de ellos se presentó, recuerda el alcalde.
La última resolución judicial es de la sala de lo Contencioso Administrativo, sección Primera del Tribunal Supremo que ha acordado desestimar el recurso de queja presentado por sus propietarios. Ante esto, todo parece indicar que han agotado así todas las vías judiciales empleadas, cuyos procesos les permitieron hasta ahora mantener en pie las viviendas.
En su sentencia, el Supremo recuerda que ya se ha pronunciado sobre este asunto mediante auto de fecha 5 de junio de 2002, dictado en el recurso número 1246/2000 y dice que procede desestimar el recurso de queja al no ser el auto que se pretende impugnar susceptible de recurso de casación. Además considera que las alegaciones de la parte recurrente resultan contrarias a la doctrina de la Sala, ya expuesta en el auto de 5 de junio de 2002 que declaró la irrecurribilidad.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia era quien emitía en el mes de junio de 2008 su sentencia en la que daba el plazo de un mes para que el Concello de A Guarda iniciase los trabajos materiales de demolición.
El Ayuntamiento ejecutó la parte que le correspondía, pues solicitó la debida autorización judicial para poder entrar en los pisos afectados por la sentencia y así proceder a su valoración y encargo de elaboración del proyecto de demolición.