El titular del Juzgado de lo Penal Número 2 de Vigo hizo ayer pública la condena impuesta al ex alcalde de Gondomar José Carlos Silva Mariño (PP) y a los cinco concejales que formaban parte de su junta de gobierno la pasada legislatura, a quienes ha impuesto penas de un año y medio de prisión por un delito continuado de prevaricación urbanística consistente en la concesión irregular de 39 licencias de obra entre el 7 de diciembre de 2005 y el 17 de enero de 2006.

La sentencia, comunicada ayer a las partes y que podrá ser recurrida ante la Audiencia Provincial en el plazo de 10 días, inhabilita además para el ejercicio de cargos municipales durante 8 años al ex regidor y a los ediles de su gobierno José Luis Mosquera Veleiro -imputado también por un presunto delito de cohecho en la elaboración del plan urbanístico de 2006 que se sigue en causa aparte -, Ángel Gregores Méndez, Jaime Rial González, Abelardo Meneses González y José Misa Salgueiro. Esta decisión judicial aparta de sus actas de concejales a Silva y a Gregores, que son los únicos que continúan en el grupo municipal del Partido Popular, hoy en la oposición.

Las penas impuestas por el juez a los acusados, que no ingresarán en prisión al no contar con antecedentes penales, se aproximan a las solicitadas por el Ministerio Fiscal, aunque finalmente los 10 años de inhabilitación que pedía la Fiscalía se han reducido a ocho. La defensa reclamaba la libre absolución de los seis imputados, que en la vista oral aseguraron haber concedido los permisos de obra con informes favorables de los técnicos municipales.

En su resolución, el magistrado del Juzgado de lo Penal Número 2 constata que la junta de gobierno integrada por los acusados otorgó las licencias pese a que "sabían que las normas (el PXOM de 1997) no eran aplicables". Recuerda que la anulación del Plan Xeral de Gondomar fue ratificada por el Tribunal Supremo en febrero de 2005 tras un largo proceso judicial.

Además, el juez considera probado que los acusados conocían en el momento de conceder las licencias otro auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en el que se declaraba nulo el acuerdo plenario por el que, en mayo de 2005, se intentó subsanar y dar validez al planeamiento urbanístico burlando la anulación judicial que pesaba sobre él. Incide asimismo en que esta resolución fue "ocultada" a la secretaria del ayuntamiento y a la técnica de la Administración encargada de los asuntos urbanísticos.

En el texto del Juzgado de lo Penal se relata que existen pruebas de la llegada al ayuntamiento, vía fax, el 30 de noviembre de 2005, de un auto del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia con fecha 21 de noviembre que anulaba las medidas aprobadas por el gobierno en pleno para modificar el PXOM y adaptarlo a la ley. Esta prueba, supone que las licencias fueron concedidas con conocimiento de que no se ajustaban a derecho.

José Carlos Silva, argumentó en su defensa que no tuvo constancia del auto hasta el 16 de enero, día en que lo entregó a la secretaria del concello. Sin embargo, el magistrado Miguel Aramburu considera que la notificación de la llegada del fax y la presentación en noviembre de un recurso desde el despacho de abogados contratado por el concello contradicen la versión del ex alcalde.

En todo caso, continúa la sentencia, la última de las licencias, de 17 de enero de 2006, se otorgó a pesar de que la secretaria había emitido un informe en el que señalaba sus problemas de legalidad atendiendo al auto del 21 de noviembre.