Un coruñés aceptó ser condenado con el pago de una multa de 540 euros por almacenar en su teléfono móvil y en una aplicación asociada a su cuenta de correo electrónico 2.514 fotografías de menores desnudos y en actitudes sexuales. El imputado fue sentenciado como autor de un delito de tenencia de material pornográfico. La Fiscalía y el abogado de la defensa llegaron a un acuerdo sobre la pena antes del juicio, por lo que la vista no se celebró y el titular de Penal 3 dictó sentencia oral en la sala. Contra el fallo no cabe recurso porque fue dictado bajo la conformidad de todas las partes implicadas en el procedimiento judicial.

El sospechoso, que tiene antecedentes penales, pero no computables a efectos de reincidencia, fue descubierto por agentes de la Policía Nacional especializados en este tipo de delitos en noviembre de 2014. Los funcionarios examinaron su teléfono móvil, en el que guardaba "gran número de fotografías de niños menores de edad desnudos, con fotos frontales de genitales y en actitud sexual", según relata el juez en la sentencia, en la que especifica que en el terminal fueron localizadas 66 imágenes.

En la aplicación dependiente de su correo electrónico fueron halladas 2.448 fotografías en las que se observan a menores "igualmente desnudos, con actitud sexual". El sospechoso reconoció los hechos ante el juez, por lo que se declaró culpable de un delito de posesión de material pornográfico. El representante del Ministerio público accedió a rebajar la condena que pedía en su escrito de calificación tras llegar a un pacto con el abogado defensor.