En estos días se ha difundido la noticia de que un juez permitirá a un alumno no estudiar la asignatura de Educción para la Ciudadanía debido a un derecho fundamental, pero no se informa claramente de qué derecho se trata. Pudiera ser el derecho de los padres a educar a sus hijos, pero como este derecho no es exclusivo de los padres, la cosa se complica. Valdría este derecho para no estudiar inglés.

Siendo el alumno menor ¿quién debe decidir el tipo de educación?: solo los padres o sólo el Gobierno, o los padres en aquellos aspectos que el Gobierno permita elegir. Yo me quedo con la tercera opción. La primera (libertad total de los padres para decidir todo) nos llevaría a tener que permitir tipos de educación tipificadas como perversión de menores. Los representantes de la comunidad (el Gobierno, etcétera) deben, en mi opinión, siempre intervenir.